martes, julio 23, 2024
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Lo que debe saber sobre el nuevo seguro que los CDA deben expedir para cubrir choques simples

El pasado 5 de enero, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2283 de 2023 que establece algunos cambios para los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA) y obligaciones para los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), que ahora deberán expedir a sus usuarios un seguro que ampare daños materiales a terceros.

En el caso de los CEA, el principal aspecto a destacar es la posibilidad de hacer la capacitación teórica de manera virtual, “en la forma en que determine el Ministerio de Transporte, a través del sistema del Registro Único Nacional de Transito (RUNT), que permita identificar plenamente al usuario, garantizar su asistencia y permanencia durante la capacitación y dictar el programa teórico completo que determine el reglamento”.

La evaluación de la capacitación teórica y práctica, por el contrario, siempre se realizará de forma presencial.

Pero el punto que más polémica ha generado es el que obliga a los CDA a tomar un seguro que ampare los daños materiales causados a terceros de los usuarios que realicen la revisión técnico-mecánica.

“Los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) deberán tomar, con una entidad aseguradora legalmente establecida en Colombia y con libertad de oferta, un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular, que ampare los daños materiales causados a terceros, sin cargo o sobrecosto para el usuario, por la vigencia de cada uno de los certificados emitidos”, se lee en la ley.

 

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